Claves para Cumplir con la Ley de Inclusión Laboral de Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Cómo minimizar riesgos laborales. Conoce la Ley de Inclusión Laboral TEA N°21.545 sobre el permiso para padres, madres o tutores de menores diagnosticados con Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Estimado Empleador.

El presente artículo sobre la Ley de Inclusión Laboral TEA (Ley N°21.545) ayudará a reducir riesgos en las relaciones laborales. Esta norma busca asegurar la inclusión, igualdad de oportunidades y proteger los derechos de personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Debido a que la inclusión y protección de las personas con TEA son temas de importancia en el ámbito laboral, la Ley N°21.545, publicada el 10 de marzo de 2023, introduce un marco legal que promueve la igualdad de oportunidades y elimina la discriminación contra las personas con TEA.

Por otra parte, las empresas tienen nuevos desafíos en el sentido de dar acceso a sus trabajadores que son padres, madres o tutores de menores con TEA.

En Delaboral nos encargamos que tu empresa esté siempre alineada con las normas actuales.

Aspectos Cruciales.

La Ley N°21.545, a través del artículo 66 quinquies del Código del Trabajo, señala un conjunto de responsabilidades para los empleadores respecto a los trabajadores con menores diagnosticados con TEA.

Debido a ello, los padres, madres o tutores legales pueden atender emergencias en establecimientos educacionales sin que esto afecte sus condiciones laborales.

Obligaciones de los Empleadores.

 1. Permitir Ausencias para Emergencias.

  • Autorización de Ausencias: En este sentido, se debe permitir que los trabajadores, que sean padres, madres o tutores legales de menores debidamente diagnosticados con trastorno del espectro autista, se ausenten para atender emergencias en los establecimientos educacionales donde los menores cursen enseñanza parvularia, básica o media.
  • Consideración de Tiempo Trabajado: Estas ausencias, según la Ley de Inclusión Laboral TEA, deben ser consideradas como tiempo trabajado para todos los efectos legales, sin afectar las remuneraciones ni otros beneficios laborales del trabajador.

2. No Considerar las Ausencias como Abandono de Trabajo.

  • No está Permitido Sancionar: No se pueden calificar estas ausencias como abandono de trabajo, ni usarlas para dar término al contrato.
  • Causal de Término de Contrato: Específicamente, las ausencias no deben ser vistas como salidas intempestivas e injustificadas bajo la causal de término de contrato establecida en el artículo 160 N°4 letra a) del Código del Trabajo.

Prácticas Recomendadas por Delaboral.

Se deben considerar las siguientes prácticas:

1. Información Continua.

  • Proveer información regular a los trabajadores encargados del área de RRHH o a cargo del personal, sobre los derechos y obligaciones de la Ley de Inclusión Laboral TEA (Ley N°21.545) a fin de evitar multas.

2. Políticas de Flexibilidad Laboral.

  • Desarrollar políticas que den acceso a los ajustes en los horarios y condiciones laborales para lograr la atención de emergencias familiares.

3. Canales de Comunicación Abiertos.

  • Establecer y mantener canales de comunicación efectivos para que los trabajadores puedan informar rápidamente sobre las emergencias.
  • Consultar a Delaboral para asegurar que las políticas y prácticas de la empresa estén alineadas con las nuevas normas.

Aclarando tus Inquietudes.

1. ¿Qué se entiende por personas con (TEA)?

  • De acuerdo con el artículo 2 de la nueva ley, las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) son aquellas que presentan diferencias o diversidad en el neurodesarrollo típico, evidenciadas por dificultades significativas en la iniciación, reciprocidad y mantención de la interacción y comunicación social con diversos entornos, así como por conductas o intereses restrictivos o repetitivos.

2. ¿Quiénes pueden utilizar este beneficio?

  • Los padres, madres o tutores legales de menores de edad debidamente diagnosticados con (TEA) que se encuentren desarrollando su etapa escolar en la enseñanza parvularia, básica o media, y que sean afectados por una emergencia que ponga en riesgo su integridad física o síquica en el establecimiento educacional donde cursen sus estudios.

3. ¿A partir de cuándo y cómo se determina el periodo del permiso?

  • El tiempo durante el cual el trabajador se encuentra autorizado para ausentarse de sus labores, será el que medie entre aquel que reciba la comunicación de la emergencia que afecta al menor y en que este salga del estado en que se encontraba, quedando a salvo su integridad, debido a que la norma en análisis no señala un lapso para estos efectos.

 Si necesitas más información o asesoría especializada, escríbenos a contacto@delaboral.cl

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